Cómo
contribuir al FSD
Los
entes públicos (gobiernos locales y nacionales), así
como los donantes privados y/o la sociedad civil, que se adhieren
al Fondo son considerados miembros fundadores. Los miembros fundadores realizan una contribución
determinada conjuntamente con el Comité ejecutivo del FSD.
Los
miembros fundadores de la Fundación son miembros del Comité
de honor de la Fundación y pueden participar en las deliberaciones
del Consejo de fundación. La calidad de miembro fundador
no otorga ipso facto el derecho de voto en las reuniones del Consejo
de fundación. El Consejo de fundación se crea por
cooptación de los miembros fundadores.
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